Banorte en desacuerdo; apelará multa del órgano antimonopolio
- Poder México
- mayo 27, 2026
- Empresas y Negocios
- Banorte, Grupo financiero Banorte
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Grupo Financiero Banorte (GFNorte) informó al público inversionista su total desacuerdo ante la sanción económica de 19,938,625.84 pesos impuesta por la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) a su subsidiaria Banco Mercantil del Norte.
La resolución de la autoridad, notificada el 19 de mayo de 2026 y publicada en su portal oficial el 24 de mayo del mismo año, señala la supuesta realización de una concentración ilícita durante el año 2020 sin contar con la autorización previa del órgano regulador, derivada de un esquema de financiamiento y un paquete de garantías otorgado por la institución bancaria a la firma Tarjetas del Futuro (TDF).
La defensa corporativa de Banorte sostiene que el financiamiento en cuestión fue plenamente revelado y auditado por la extinta Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) durante el análisis de concentración entre GFNorte y TDF, el cual obtuvo la Autorización Inicial por parte de la CNA en el año 2021.
La institución financiera enfatiza que, durante dicho procedimiento de evaluación regulatoria, la autoridad de competencia no emitió observaciones, requerimientos ni cuestionamientos respecto a la legalidad de los créditos vigentes o sus respectivas estructuras de garantía, por lo que el criterio sancionatorio actual resulta contradictorio con los actos administrativos previos.
A pesar de que la multa no representa un impacto material ni financiero significativo para los indicadores de operación de GFNorte, la dirección del banco confirmó que iniciará los medios de defensa legales conducentes para impugnar la constitucionalidad de la resolución.
Conforme a las directrices procesales del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la ejecución y el cobro de la sanción económica permanecerán suspendidos de forma automática hasta que se dicte una resolución judicial definitiva en los tribunales federales, estimando que el desahogo del juicio de amparo correspondiente tomará un periodo de entre 18 y 24 meses a partir de la presentación formal de la demanda.


