Arranca la temporada fiscal; SAT llama a empresas a presentar su Declaración Anual 2025

La autoridad advirtió sobre sanciones por inumplimiento; además, apostó por una mayor recaudación.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio inicio formal al periodo para que las empresas presenten su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025, un trámite obligatorio que deberá cumplirse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026, con plazos diferenciados según el régimen bajo el cual tributen. En un documento, la autoridad fiscal exhortó a las personas morales a realizar el proceso con anticipación para evitar contratiempos, sanciones o recargos, en un contexto en el que el uso intensivo de plataformas digitales y el cruce automático de información han elevado el nivel de fiscalización.

“El SAT trabaja constantemente para brindar todas las facilidades y herramientas que permitan a las y los contribuyentes cumplir correctamente con la Declaración Anual”, señaló el organismo recaudador que dirige Antonio Martínez Dagnino.

De acuerdo con el calendario oficial, las sociedades que se encuentran en proceso de liquidación deberán presentar su declaración a más tardar el 19 de enero. En el caso de las personas morales sin fines de lucro, el plazo vence el 16 de febrero, mientras que el resto de los regímenes contemplados en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), tendrán como fecha límite el 31 de marzo de 2026.

Uno de los principales cambios de este ejercicio fiscal es la incorporación de información precargada en la plataforma electrónica del SAT, con el objetivo de reducir errores y agilizar el cumplimiento.

Entre los datos que ya aparecen en el sistema se encuentran los pagos provisionales realizados durante el año, la Participación de los Trabajadores en las Utilidades pagada en el ejercicio, las retenciones efectivamente enteradas por concepto de sueldos y salarios, asimilados, arrendamiento y RESICO, así como los comprobantes fiscales de devoluciones, descuentos y bonificaciones. También se incluyen remanentes de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, dividendos, pagos al extranjero o el subsidio para el empleo.

Para poder enviar la declaración, las empresas deberán contar con su e.firma vigente y tener habilitado un servicio de banca electrónica, ya que en caso de obtener un saldo a cargo, el pago deberá realizarse mediante transferencia electrónica a través de instituciones bancarias autorizadas para el cobro de contribuciones federales.

El SAT precisó que, cuando los contribuyentes requieran modificar los ingresos o cualquier otro dato que aparezca precargado, deberán presentar declaraciones complementarias. En estos casos, si existe un monto a pagar, la actualización de la información se reflejará en el sistema 48 horas después de efectuado el pago, mientras que, si el saldo es en ceros, el ajuste tardará alrededor de 24 horas en verse reflejado.

Como parte de las herramientas preventivas, la autoridad fiscal recordó que desde el 1 de diciembre de 2025 se encuentra disponible el simulador del Régimen General y del Régimen Simplificado de Confianza, el cual permite a las empresas revisar con anticipación la información reportada durante el ejercicio fiscal 2025 y detectar posibles inconsistencias antes de presentar la declaración definitiva. El organismo subrayó que el cumplimiento adecuado de esta obligación tiene implicaciones que van más allá del ámbito tributario.

“Esto permitirá fortalecer la recaudación y, con ello, el desarrollo de la economía mexicana y el bienestar de la población”, indicó en su comunicado.

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